miércoles, 10 de abril de 2013

El Partido Justicialista: Democracia en el partido como punto de partida.

Es objeto de reflexión en esta ocasión el grado de democracia interna que alcanzan los partidos políticos. No se puede pretender tildarse de demócrata sin mostrar actitudes que lo demuestren, y los partidos políticos deben tenerlo muy presente. Este grado de democracia se puede comprobar a través del articulado de sus estatutos internos de funcionamiento.

Para esta ocasión me he decidido a estudiar al Partido Justicialista argentino. 



En primer lugar debemos conocer la forma de estado que actualmente presenta Argentina. Argentina es un estado soberano, con forma de República representativa y federal. Se encuentra dividido en 23 Provincias, más la Ciudad (autónoma) de Buenos Aires. Cada Provincia a su vez se divide en Partidos (muncipios). 



La historia más reciente de Argentina es bastante convulsa, como así lo demuestra el hecho de que el Partido Justicialista fuera fundado por el General Juan Domingo Perón en 1947 tras un golpe de estado. Inicialmente su nombre fue el de Partido Peronista, si bien en virtud de la Ley 19:102 de 1971, que impedía que el nombre de los partidos contuviera designaciones personales o derivados, adoptaron la acepción "Justicialista" aprovechando que precisamente la Justicia Social era uno de los estandartes que exhibía su recién creada ideología.



Los gobiernos justicialistas han sufrido muchas vicisitudes, ocupando la Presidencia de la Nación con Juan Domingo Perón en 1946, 1952 y 1973, Héctor José Campora en 1973, Carlos Raúl Menem en 1989 y 1995, Néstor Kirchner en 2003 y Cristina Fernández de Kirchner en 2007 y 2011.


Pero vamos a centrarnos en sus referentes democráticos internos, recogidos en su Carta Orgánica, que es su norma fundamental.


Forma de participación en el partido


- Afiliados. Cualquier nacional mayor de 18 años puede ser afiliado. Ejercen la dirección, gobierno y fiscalización del Partido, pudiendo extinguir su afiliación por renuncia, desafiliación y expulsión. Todos tienen los mismos derechos y obligaciones; entre otras la de ser elegidos para desempeñar funciones dentro de la organización, como también para las electivas y ejecutivas en el Gobierno.

- Adherentes: argentinos menores de 18 años y extranjeros, que deseen suscribir su adhesión a los principios del partido. Gozan de los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto las electorales.

Estructura interna y forma de elección de sus miembros

- Unidades Básicas: Constituyen el organismo primario del Partido. Están formadas por un número mínimo de afiliados y se rige por un Consejo.

- Circunscripción, Partido y Departamento: Son las divisiones que se encuentran en cada Distrito Electoral (que corresponde a cada una de las Provincias y la Ciudad de Buenos Aires), y también disponen de un Consejo, que se elige por mayoría simple para un periodo de dos años, en voto directo y secreto de los afiliados de las respectivas jurisdicciones que lo hayan sido al menos dos años ininterrumpidos.

En el caso de que exista una sola lista para las elecciones internas no hará falta votación de los afiliados, sino que se colocará la misma en todas las sedes dando un plazo de cinco días para que se presenten impugnaciones si se da el caso, que serán resueltas por la autoridad que corresponda en un plazo de cuarenta y ocho horas posteriores.

La Dirección de los Distritos recaerá en los siguientes organismos:

o El Congreso de Distrito, elegido por mayoría simple en voto directo y secreto de los afiliados. Tiene potestad para ejercer la acción disciplinaria adí como para designar a los candidatos a jefe de gobierno y vicejefe, gobernador y vicegobernador y a los legisladores nacionales.

o El Consejo de Distrito, elegido igualmente por mayoría simple en voto directo y secreto de los afiliados, con autoridad en el orden local y facultad de crear organismos administrativos y de difusión necesarios.

Por su parte la Dirección Nacional del Partido recae en el Congreso Nacional. Sus miembros son elegidos por un periodo de cuatro años de manera directa por los afiliados o por los respectivos Congresos de Distrito. Este Congreso a su vez elegirá a un Presidente, cuatro Vicepresidentes y siete Secretarios.

En cuanto a la elección de miembros del partido para ocupar cargos de Gobierno, esto se hará de la siguiente manera:

- Para cargos municipales o provinciales, los candidatos del partido serán elegidos por mayoría simple en voto secreto y directo de los afiliados de la respectiva jurisdicción, salvo que las cartas orgánicas de cada distrito dispongan otra cosa.

- Para el cargo de Presidente y Vicepresidente de la Nación se llevarán a cabo elecciones internas abiertas, de modo que el candidato seá elegido directamente por los afiliados, aunque también pueden elegirlo entre los ciudadanos no afiliados a partido político alguno que se encuentren habilitados para votar en comicios nacionales.

Para organizar y dirigir todo acto de elección interna en el partido se crea la Junta Electoral Nacional, compuesta por entre nueve y quince miembros titulares y tres suplentes. El Congreso designará nueve miembros titulares, un presidente, un vicepresidente, un secretario y seis vocales, y tres suplentes para los mismos. Además la Junta designará hasta seis miembros vocales titulares a propuesta de los apoderados de lista que hayan presentado candidatos a razón de uno por lista.

Por lo que respecta a los órganos de control y fiscalización interna, se dispone de los Tribunales de Disciplina en cada Distrito y en el Congreso Nacional, para entender de los casos individuales o colectivos que se susciten por mala conducta, indisciplina o violación de los principios de los órganos del partido; de la Comisión de Fiscalización, encargada del control contable de ingresos y gastos del Partido, y de los Apoderados, nombrados por los Distritos y por el Congreso Nacional, para que representen al Partido ante autoridades judiciales, electorales o administrativas y realicen los trámites que se les encomienden.

Por último conviene destacar que los estatutos del Partido Justicialista recogen expresamente la necesidad de que la mujer ocupe cargos en todos los niveles electivos del partido, recogiendo también un apartado dedicado a la Juventud Peronista, órgano que forma parte del Movimiento Nacional Justicialista, para cuyos miembros reconoce el derecho a participar en todos los procesos electivos a órganos de gobierno municipales, provinciales y nacionales.

¿Hay suficiente democracia interna?

Para conocer qué grado de democracia podemos encontrar en este partido político vamos a tomar como referencia el trabajo de Freindenberg (2006). En él su autora critica la excesiva tendencia a la presión de determinadas oligarquías en los partidos, y cómo se traduce en la falta de democracia interna. Merece la pena reflejar sus conclusiones a la hora de plasmar lo que considera los procesos básicos a aplicar para ganar en democracia:
Un partido democrático será aquel que internamente acepte y ejerza el pluralismo, favoreciendo la participación de los miembros en cada proceso y garantizando que la heterodoxia del partido no sea castigada con la eliminación o la separación por manifestar sus descontentos.
En el ejemplo que nos hemos propuesto podemos encontrar indicadores que sí demuestran democracia interna, como son:

- Existe amplia libertad para la participación de todos los afiliados en la elección de todo tipo de candidatos, internos y externos.

- Recoge la participación, con un peso muy importante y para todo cargo político, de las minorías y sectores sociales subrepresentados, como son las mujeres y los jóvenes, lo que mejora el nivel inclusión.

- Respeto del principio de mayoría para las elecciones.

Sin embargo encontramos otros indicadores que demuestran cierta rigidez y opacidad, como son:

- La elección de los candidatos puede variar según se determine en las respectivas Cartas Orgánicas de Distrito (Provincia), sin que la Carta Orgánica Nacional indique unos mínimos a los que sujetarse, lo que puede dar lugar a restricciones en otras normativas.

- Las decisiones de los Tribunales de Disciplina no están sujetas a ningún otro control, ni interno ni externo.

- No existe un procedimiento reglado para que las bases del partido puedan castigar o premiar a sus dirigentes en caso de que corresponda por cualquier motivo.

Es cierto que esta misma autora reconoce que siguiendo estos procesos y observando determinados indicadores tampoco se puede cuantificar eficazmente el grado de democracia, pero sí se puede intuir que un partido que no ofrece agilidad, participación y transparencia aumentará su distancia con los ciudadanos.

En resumen, se puede afirmar que existen de manera formal procedimientos y órganos internos en el Partido Justicialista que prometen un funcionamiento interno democrático, si bien aún quedan determinados aspectos que pueden entorpecer este funcionamiento y revertir los esfuerzos realizados en los últimos años.

Referencias

Freindenberg, F. (2006). Democracia interna: reto ineludible de los partidos políticos. Revista de Derecho Electoral, 1, Primer Semestre.

lunes, 8 de abril de 2013

"Invictus", o la forja de un líder.

Corren tiempos difíciles de crisis económica, pero también y quizá lo que es más importante, de crisis de valores. La sensación de desencanto producida en los ciudadanos corrientes, de incredulidad acerca de la capacidad de los dirigentes políticos de tomar las riendas de los problemas que nos acucian, ha ido en aumento. Son tiempos en los que se hace más necesario que nunca contar con, como se suele decir, auténticos líderes. Pero en realidad ¿cómo es un líder?, ¿qué esperamos de él? 

La película "Invictus" (Clint Eastwood, 2009), narra la historia de un drama candente vivido en una sociedad en la cual se dividían de manera desigual los derechos entre blancos y negros, entre ricos y pobres, en un país más necesitado que nunca de reconciliación interna si quería avanzar hacia un futuro común, y de cómo una persona fue capaz de conseguir lo que parecía imposible, utilizando para ello un encuentro internacional de rugby. Nelson Mandela, un joven abogado que permaneció veintisiete años en prisión por sus actividades en contra del régimen de segregación racial llamado "apartheid", fue liberado el 11 de febrero de 1990, liderando a continuación su partido político, el Congreso Nacional Sudafricano, y negociando la creación de un Estado multirracial, cosa que consiguió en 1994 al mismo tiempo que se alzaba con la Presidencia de la Nación. Una vez llegado a este puesto extendió entonces su liderazgo a todo el país logrando sentar las bases de un auténtico espíritu de unidad nacional pero ¿cómo lo logró?


 Los años pasados en prisión sirvieron a Mandela para perfeccionar su capacidad de análisis de la situación, para reflexionar sobre cómo eran sus enemigos, cuales eran sus debilidades y fortalezas y saber por lo tanto cuáles serían las claves del éxito de la sociedad sudafricana. Es lo que los expertos en liderazgo consideran como capacidad de planificación estratégica del líder. Al mismo tiempo, su personalidad se iba reforzando tras una labor de introspección obligada por el cautiverio al que se encontraba sometido. Los estudios de derecho que había realizado previos a ser encarcelado, el contacto con los máximos dirigentes de partidos políticos representativos y con el pueblo llano que mantuvo a pesar de todo, reforzaron sin duda sus habilidades personales y técnicas, creando un personaje capaz de ver más allá de los aspectos relacionados con las decisiones políticas; un personaje capaz de ver a las personas que habrían de ser afectadas por ellas.


Nelson Mandela vio, como buen líder, el tremendo potencial que, para llevar a cabo su plan de unidad nacional basado en el respeto a una sociedad multirracial, presentaba la celebración de los mundiales de Rugby en su país, y no desaprovechó la ocasión. Demostró su lado humano ofreciendo una imagen de cercanía, de ejemplo de sacrificio por los demás, de conocimiento no solo del terreno en el que se movía sino de las personas que también se movían en él, de confianza en las personas y en el futuro, de credibilidad. Y lo hizo ante todos pero especialmente ante el que por otro lado era el capitán y por lo tanto líder del equipo sudafricano, pues sabía que de su motivación dependía en gran medida la del resto del equipo.

Nelson Mandela ofreció en suma un ejemplo de capacidad de liderazgo en momentos de extrema crisis. Esperemos que cunda este ejemplo.

viernes, 8 de marzo de 2013

¿Qué hacemos con los lobbies?

Actualmente conocemos que los grupos de presión tienen su máxima representación en forma de lobbies, asentados en los principales núcleos de poder de la sociedad norteamericana y europea, nada menos. Es conocido que la presencia de estos grupos influye en las decisiones de los distintos órganos que ostentan capacidad normativa, pero ¿es esto necesariamente negativo?



Los lobbies en Estados Unidos tienen consolidada una tradición como herramientas de colaboración y asesoramiento, como nexo entre la sociedad y sus respectivos intereses y los políticos que la representan. Cuentan por lo tanto con una cultura ampliamente reconocida que permite a los ciudadanos asimilar que los grupos de presión tienen un papel nada desdeñable, y que por lo tanto forman parte importante del elenco de actores en la elaboración de políticas públicas.

En la Unión Europea el caso es distinto, encontrando que no está tan aceptada ni consolidada la presencia de lobbies, en una organización por otra parte de muy reciente creación y que se halla ante una crisis cuyo futuro le puede arrastrar a las profundidades, o al menos eso es lo que se está transmitiendo a la sociedad española. Resulta muy clarificador a este respecto el premiado documental "Los negocios de Bruselas". 



Tanto en el caso norteamericano como en el europeo tiene sentido la existencia de los lobbies, por cuanto aportan opinión especializada sobre cuestiones que deben ser abordadas por quienes tienen la responsabilidad de lidiar los problemas que acucian a la sociedad, y elaborar políticas para atajarlos. Y sí, esta opinión se centra exclusivamente en representar sus intereses, pero debemos evitar suspicacias al respecto, porque realmente la cuestión no es si es negativo o no que representen sus intereses, sino que esta representación se haga con total transparencia. Porque un lobby en definitiva puede ser ejemplo de democracia y participación, ya que los ciudadanos saben entonces qué intereses son los que en realidad tiene en cuenta el legislador.

Regulando a los lobbies

Al menos ya está reconocida la existencia de estos grupos, reconocimiento que apenas empieza a despuntar en España, si bien como ejemplo se puede constatar una experiencia muy reciente en la cual el legislador de una comunidad autónoma ha escuchado, antes de aprobar un texto y de manera totalmente abierta, registrada en el diario de sesiones correspondiente y por lo tanto transparente, a los representantes de los principales grupos con interés en la materia, recogiendo en el texto definitivo muchas de sus propuestas. Me estoy refiriendo en concreto a la Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer, aprobada en noviembre de 2012 en la Comunidad Valenciana.


La función de estos lobbies puede quedar desdibujada si nos atenemos a que, con tanto poder de influencia como el que poseen sobre quienes en definitiva pueden cambiar con su normativa hasta los destinos de uno o varios países, no dispongan de unas reglas éticas de funcionamiento, de transparencia y en general de comportamiento, favoreciendo con ello prácticas corruptas. Diversos escándalos salidos a la luz pública en los que se ha relacionado claramente las intenciones puramente crematísticas de personas del mundo empresarial y político, con las decisiones que a continuación se han visto reflejadas en algún texto normativo, han causado mucho daño y nos obliga a atajar o reducir al mínimo las posibilidades de que vuelva a ocurrir algo similar.

En este sentido se aprobó, según parece tras mucha presión, un Registro de Transparencia dependiente del Parlamento y la Comisión Europea, en el cual se inscribieran todas aquellas "asociaciones ciudadanas, organizaciones no gubernamentales, empresas, organizaciones comerciales y profesionales, sindicatos, grupos de reflexión...", con interés en participar en la relación con las instituciones europeas para defender sus intereses. Derivado de este Registro se aprobó igualmente un Código de Conducta para todas las instituciones declarantes.

Ahora bien, este Código de Conducta se mueve en un terreno demasiado ambiguo, como por otra parte parece lógico teniendo en cuenta que pretende aplicarse a representantes de 27 países con muy diversas formas de entender y por tanto de legislar una misma materia. Pero de esta manera, el texto no deja de ser una mera declaración de intenciones que, en caso de ser incumplidas, no tendrían unas consecuencias claras. Por ejemplo, la alusión a no tratar de obtener información o decisiones "recurriendo a una presión abusiva" deja un margen muy amplio a la interpretación. En unos países podrá estar regulado perfectamente el delito de coacciones, de cohecho, de prevaricación, u otras conductas ilegales que nos podamos imaginar que conllevan formas de "presión abusiva", pero en otros países puede no ser así, además de que los criterios jurisprudenciales variarán con toda seguridad atendiendo a la sociedad en la que se aplica la norma, como no puede ser de otra manera.

Así pues se estima que no debe existir impedimento en que estos grupos hagan su función, y los aires de profunda transformación institucional que se plantean en algunos foros es de desear que lo tengan en cuenta, pero las reglas del juego se tendrán que volver no solamente transparentes, sino que habrá que garantizar un seguimiento y control del cumplimiento de la transparencia.