jueves, 27 de junio de 2013

La nueva Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera

Fuente: ipcblog.es
La crisis económica sufrida por España a partir de 2008, y en mayor o menor medida sufrida por el resto de países de la Unión Europea, ha producido una elevada tasa de desempleo, ha alterado enormemente las finanzas públicas y ha deteriorado la capacidad de maniobra de la política fiscal, evidenciando los fallos en los mecanismos de disciplina en materia de estabilidad presupuestaria que veníamos aplicando. Como consecuencia se ha forzado la adopción de una serie de medidas importantes entre las que destacamos dos: la reforma de nuestra Constitución en 2011 por la que se obliga a todas las Administraciones Públicas a adecuarse al principio de estabilidad presupuestaria, y la aprobación de una nueva Ley que acogiera este principio de manera que reflejara el conjunto de políticas económicas que revisan y fijan un nuevo marco de gobernanza económica para toda la Unión Europea. 

Esta Ley Orgánica 2/2012, de 27 de Abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, consta de 32 artículos repartidos en seis capítulos, se aplica al sector público y pretende por lo tanto la consolidación fiscal, la eliminación del déficit público estructural, y la reducción de la deuda pública, para lo que se apuntan profundan reformas estructurales. 

Como principios generales hemos de destacar que a la situación de equilibrio o superávit de las cuentas públicas, definitoria de la estabilidad presupuestaria, se añade el principio de sostenibilidad financiera, que le da carácter de permanencia. También el nuevo principio de lealtad institucional destaca en aras de facilitar la interacción entre administraciones públicas.

Para garantizar la estabilidad y sostenibilidad, todas las Administraciones Públicas tienen obligación de presentar equilibrio o superávit salvo situaciones de catástrofe natural o emergencia extraordinaria; se aprueba una regla de gasto mediante la cual éste no aumentará por encima de la tasa de crecimiento del Producto Interior Bruto; se limita la capacidad de endeudamiento y obliga a la elaboración de informes sobre cumplimiento de objetivos.

A estas medidas se le añaden otras de carácter preventivo, correctivo y coercitivo. De este modo se añaden mecanismos de prevención y alerta, que de no hacerles caso obligará la adopción de medidas correctivas. En caso extremo la Ley permite, amparada por el art. 155 de la Constitución, obligar a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones Locales al cumplimiento de las decisiones estipuladas, las cuales pueden llegar incluso a ser intervenidas por el Estado.

Mención aparte hace esta Ley al principio de transparencia, ya recogido en la anterior Ley del año 2002 ahora derogada, por el cual cada Administración Pública deberá remitir a Europa la información correspondiente que permita verificar el cumplimiento de los compromisos en materia de estabilidad presupuestaria.

El último capítulo está dedicado a la definición de un marco presupuestario ajustado igualmente a los requisitos previstos por la Unión Europea, pero que como novedad se extiende también a las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, las cuales a partir de ahora tienen obligación de presentar un límite de gasto y disponer de un fondo de contingencia para necesidades imprevistas, lo que no ocurría anteriormente.

Para todos es conocido el acceso a determinados planes de ayuda a municipios que presentan especiales dificultades económicas. Estos planes encuentran amparo legal precisamente en las disposiciones adicionales de esta Ley, de manera que mediante la presentación de un plan de ajuste que garantice el cumplimiento de medidas de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, y mayores medidas de verificación y transparencia de sus cuentas, el Estado les podrá otorgar liquidez suficiente.

Para finalizar podemos decir que esta Ley nace al amparo de las Directivas que la Unión Europea ha aprobado con el objetivo de fortalecer una nueva política económica que restablezca y consolide nuestra posición, -la de España y la del resto de países de la Unión-, en una economía globalizada. Como consecuencia nos hemos visto obligados a sufrir graves medidas de ajuste que como es lógico no nos han dejado indiferentes por cuanto afecta a nuestras expectativas más puras de desarrollo personal y social. Solamente el tiempo nos dirá si nos hemos dirigido por el camino adecuado.

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